El dictamen N°78 fue publicado por la Superintendencia de Educación a inicios de junio del 2026. En éste se autoriza legalmente a los establecimientos educacionales el uso de medios tecnológicos para detectar armas, artefactos incendiarios u otros similares bajo estrictos criterios de proporcionalidad, sin embargo, no resulta jurídicamente admisible que establecimientos educacionales implementen revisiones de mochilas, bolsos u otros efectos personales de estudiantes.
El dictamen concluye que la seguridad escolar debe abordarse primordialmente a través de herramientas pedagógicas y formativas. Para ello, destaca la obligación legal de implementar los Planes de Gestión de la Convivencia Educativa, los cuales deben enfocarsen la resolución pacífica de conflictos, la mediación y el desarrollo socioemocional, resguardando siempre el interés superior del niño, niña y adolescente.
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